Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del juez de primera instancia
- No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La entidad accionada le solicitó a la Corporación dar por cumplido lo ordenado en la Sentencia T-266/24 y, en consecuencia, cerrar el incidente de desacato decretado en su contra.
Luego de analizar lo pretendido concluyó la Sala que el juzgado de primera instancia es quien mantiene la competencia para hacer seguimiento al precitado fallo y quien ha adoptado las medidas necesarias para ello.
Con base en lo anterior, decidió NO ASUMIR por falta de competencia la petición invocada en esta oportunidad y remitir la comunicación a dicha autoridad judicial para que, de acuerdo con los elementos probatorios aportados, defina si debe o no dar cierre al incidente de desacato mencionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. NO ASUMIR por falta de competencia la solicitud de cierre del incidente de desacato a la Sentencia T-266 de 2024 presentada por la ESE.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR la solicitud de la ESE al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías para que, de acuerdo con los elementos probatorios aportados, defina si debe o no cerrar el incidente de desacato a la Sentencia T-266 de 2024. La Secretaría General de esta Corporación le enviará una copia de la solicitud y sus anexos.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General, INFORMAR de esta actuación a la peticionaria y al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.